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  Diccionario de términos de vivenda
 

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  Declaración conjunta
  Declaración de obra nueva
  Deducción
  Demora
  Depósito
  Derecho de opción de   compra

  Derecho de retracto
  Derecho de servidumbre
  Derecho de tanteo
  Derecho Real
  Desgravación fiscal
  Diferencial

  División horizontal
  Documento privado
  Documento público
  Dolo
  Donación

Declaración conjunta

En IRPF, opción de declaración que consiste en realizarla de manera conjunta y global por todos los miembros de una unidad familiar, en vez de hacer una declaración individual por cada uno de los componentes.

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Declaración de obra nueva

Escritura notarial otorgada con la finalidad de hacer constar de manera fehaciente, generalmente para su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad, la modificación realizada en una determinada finca (edificación construida, plantaciones, mejoras …)

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Deducción

Es un beneficio fiscal que minora la cuota de un tributo y que establece la legislación con la finalidad de cumplir determinados objetivos de política económica y social e incentivar las inversiones. Así, como ejemplo, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se establece una deducción por adquisición de vivienda habitual.

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Demora

Tiempo que transcurre entre la fecha de cumplimiento de una obligación y la fecha en que se cumple real y satisfactoriamente.

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Depósito

Se atribuye este término cuando una persona recibe de otra cualquier cosa, con la obligación de conservarla y restituirla a su tiempo. Generalmente se realiza un contrato gratuito, si no se pacta lo contrario.

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Derecho de opción de compra

Faculta a su titular a adquirir una vivienda a un determinado precio y durante un determinado plazo prefijado de antemano.

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Derecho de retracto

Derecho de adquisición preferente que posibilita a sus titulares adquirir la propiedad de una determinada vivienda con preferencia a un tercero (mediante subrogación en la posición de ese tercero- comprador) en el caso de que el propietario de la misma haya procedido a su venta.

Legalmente se establecen varios tipos de retracto: a favor de coherederos, copropietarios, colindantes, arrendatarios …, pudiendo también establecerse dicho derecho de manera convencional o pactada.

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Derecho de servidumbre

La servidumbre es un gravamen impuesto sobre una finca (predio sirviente) en beneficio de otro (predio dominante)

Se trata de un gravamen real, que afecta a la finca en sí, con independencia de quienes puedan ser los propietarios.

Consiste en dejar hacer algo (pensemos en una servidumbre de paso para acceder a la finca dominante) o en abstenerse de realizar algo en el predio sirviente (pensemos en una servidumbre de luces y vistas a favor de un predio vecino, que no permite determinada construcción en el fundo sirviente)

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Derecho de tanteo

Derecho de adquisición preferente, que se articula de manera complementaria y previa con el derecho de retracto. Posibilita a su titular adquirir la propiedad de algo con preferencia a un tercero, estando obligado el propietario a comunicar al titular de este derecho su intención de vender así como las condiciones en que quiere hacerlo.

Si este derecho no se respeta por el propietario y vendedor cabría aún la posibilidad de ejercitar el derecho de retracto. Es un derecho establecido legalmente, entre otros, a favor de los arrendatarios.

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Derecho Real

Poder directo e inmediato sobre una cosa; concediendo a su titular un señorío pleno (propiedad) o parcial (resto de derechos reales) sobre ella.

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Desgravación fiscal

Deducciones de la cuota a pagar en determinados impuestos. Vienen establecidas legalmente y suelen fijarse con el objeto de fomentar determinadas actuaciones por parte del sujeto pasivo del impuesto (deducciones por inversiones, por creación de empleo …)

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Diferencial

El importe que las entidades financieras añaden al tipo de interés de referencia. Este importe puede determinarse como un importe fijo o como un porcentaje. Es muy importante tenerlo en cuenta ya que será lo que marque la diferencia entre los diferentes préstamos.

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División horizontal

Forma de organizar la propiedad en un inmueble, mediante la división del mismo en fincas independientes , asignando a cada una de ellas de un coeficiente de copropiedad sobre los elementos comunes (escaleras, patios, tejados …)

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Documento privado

Se trata de todo aquello (papel, grabación … ) susceptible de recoger una expresión del pensamiento humano o una manifestación de voluntad. El documento privado se define por exclusión, considerando como tal todo documento no susceptible de ser calificado como público.

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Documento público

Se consideran documentos públicos las resoluciones y diligencias de actuaciones judiciales, los documentos autorizados por notario, las certificaciones expedidas por los Registradores y todos los documentos expedidos por funcionarios públicos legalmente facultados.

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Dolo

Engaño, fraude.

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Donación

Es un acto de liberalidad por el cual una persona (donante) dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra (donatario), que la acepta.

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