Tanto el vendedor como el comprador tienen derecho a exigir que
el contrato privado se eleve a escritura pública, sin que
la otra parte pueda negarse.
Ten en cuenta que si no escrituras el contrato privado y registras
la propiedad de tu vivienda:
No podrás pedir un préstamo poniendo como garantía la vivienda.
La existencia del contrato de compraventa puede ser impugnada.
No tienes garantía de la capacidad del vendedor para firmar el contrato.
Puedes encontrarte con la desagradable sorpresa de que la vivienda
que has adquirido tiene unas cargas (hipotecas, embargos) que tú
no conocías.
No tienes la plena seguridad de la propiedad de la vivienda.
Podrás tener problemas con sucesivas transmisiones de la
vivienda adquirida. |