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Seguridad en la compra de una vivienda sobre plano o en construcción
El promotor (directamente o a través de tu intermediario) no te podrá dar desde un principio toda la documentación que debe darte. Te la tendrá que aportar cuando, en función de la fase de construcción, le sea a él legalmente exigida.
Antes de que comprometas cantidad de dinero alguna, debes pedirle la siguiente documentación al promotor: |
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Proyecto técnico aprobado y licencia de edificación.
Cédula Urbanística, con lo que evitarás sorpresas en cuanto a la posible inexistencia de equipamientos complementarios ofertados (zonas verdes, pistas de juego, etc.) o en cuanto a su uso público.
Certificado del Registro de la Propiedad que refleje la inscripción de obra nueva y la titularidad del vendedor, y la situación de cargas y gravámenes de la finca.
El promotor debe garantizar, mediante una póliza de seguro o un aval bancario, las cantidades entregadas a cuenta más los intereses legales del dinero, vigentes hasta que se haga efectiva la devolución.
En el momento de firmar el contrato, el vendedor debe entregar al comprador
el documento que acredite la garantía señalada. Si el plazo
de iniciación de las obras expira antes de que las obras se empiecen,
el comprador puede elegir entre dos opciones (lo mismo ocurre cuando no
se cumple la fecha de entrega de la vivienda):
Rescindir el contrato, con devolución de las cantidades señaladas más los intereses legales del dinero, vigentes hasta que se haga efectiva la devolución.
Conceder una prórroga, que se hará constar en una cláusula adicional del contrato en el que se especificará el nuevo plazo.
Las cantidades anticipadas por los distintos compradores deben depositarse en una cuenta bancaria separada de cualquier otro tipo de fondos. El promotor sólo puede disponer de esta cuenta para las necesidades derivadas de la construcción de la vivienda. El contrato tiene que incluir el número de cuenta del banco o caja en el que deben efectuarse los ingresos comprometidos.
Tiene especial relevancia que en el contrato de compraventa aparezcan las cláusulas referidas a:
- Precio total, forma de financiación y garantía.
- Superficie, no sólo construida sino también útil.
- Plazo de entrega.
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