Pacto de recompra
Acuerdo en virtud del cual se concede al comprador el derecho de restituir al vendedor lo adquirido, recuperando el precio satisfecho en su día, que podrá ser distinto del abonado en su momento.
Pagaré
Es un título valor que contiene una promesa pura y simple del librador de pagar una cantidad determinada a otra persona o a su orden, en un lugar y fecha determinados.
Pago
Es una forma de extinción de las obligaciones.
Patrimonio
Conjunto de derechos y obligaciones que posee una persona, después de aplicarle las deducciones por deudas y obligaciones.
Periodicidad de pago
Periodo de tiempo que transcurre entre el pago de una cuota y otra.
Periodo de carencia
Periodo de tiempo, al inicio de la vida de un préstamo, en el que el prestatario sólo paga la parte correspondiente a los intereses, sin amortizar nada del capital principal.
Periodo de Interés
Es el plazo en el que permanece vigente e inalterado el tipo de interés inicial acordado en el préstamo. En el tipo fijo coincide con la duración del préstamo. En el tipo variable lo habitual es un año.
Permuta
Consiste en la entrega de un bien a cambio de otro.
Pignorante
Dueño de un bien mueble prendado, esto es, de un bien mueble sujeto como garantía en orden al aseguramiento del cumplimiento de una deuda.
Plazo de amortización
Es el tiempo acordado en la escritura del préstamo para que el cliente devuelva a la entidad financiera la totalidad de la cantidad prestada.
Por lo general, el plazo de pago puede llegar hasta los treinta años, pero lo usual son entre quince y veinte años, para evitar que el pago de intereses sea excesivo.
Plusvalía Municipal
Antigua denominación del Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de naturaleza urbana.
Precontrato
Acuerdo por el que las partes se comprometen a cerrar en un tiempo determinado contrato definitivo, que por el momento no se puede o no se quiere estipular.
Predio
Heredad, hacienda, tierra o posesión inmueble.
Presidente
Cargo obligatorio en todas las comunidades. Ha de tratarse de uno de los propietarios y será el que represente dentro y fuera de juicio a la comunidad.
Préstamo a cuota fija
La cuota a pagar se mantiene constante durante toda la vida del préstamo, acortándose o alargándose el plazo en función de la variación del tipo y, por lo tanto, de los intereses.
Préstamo con techo
Préstamo hipotecario a tipo variable, en el que se han pactado unos límites máximos y/o mínimos para el tipo de interés que se puede aplicar en la revisión.
Préstamo hipotecario
Es la suma de dos contratos: de una parte, la concertación de un préstamo de dinero y de otra, la constitución de una garantía hipotecaria a favor del prestamista, normalmente una entidad bancaria.
A diferencia de los préstamos personales, en esta ocasión se ofrece un bien, generalmente un inmueble, como garantía del pago del préstamo. El importe del préstamo no suele ser mayor del ochenta por ciento del valor de tasación, aunque en algunos casos, sí se concede el 100%
La formalización del préstamo se realiza mediante una escritura pública ante notario, que recibe el nombre de Hipoteca. Inmediatamente después se inscribe en el Registro de la Propiedad.
Préstamo personal
Su característica y diferencia fundamental es la garantía a título personal de quien pide el préstamo, o en su defecto, la de los avalistas que lo respalden. Su duración temporal es menor que en las hipotecas; habitualmente no suelen superar los diez años.
Prestatario
Persona titular de un préstamo, que asume todas las obligaciones y adquiere todos los derechos del contrato que firma con la entidad financiera prestamista.
Prima
En el ámbito asegurador se corresponde con el precio del seguro. El recibo contendrá, además, los recargos, tasas e impuestos que sean de legal aplicación.
Primera hipoteca
Se denomina así a la hipoteca que primeramente se constituye sobre un inmueble.
Primera vivienda
Aquella que es utilizada como vivienda habitual del contribuyente, generando deducción en el IRPF por los gastos de adquisición y financiación de la misma.
Debe ser habitada en un año, desde la fecha de adquisición y habitada de manera ininterrumpida durante al menos tres años, salvo causas mayores contempladas en normativa legal, como separación matrimonial, traslado laboral que implique cambio de domicilio, etc.
Principal
En un préstamo, es el capital pendiente de devolución a la entidad financiera.
Proindiviso
Cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenece en comunidad a varias personas nos encontramos ante una situación de proindiviso.
Promotor
Será considerado promotor cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.
Propiedad
Es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.
Propiedad horizontal
Regulación de una forma especial de propiedad que se denomina propiedad horizontal. Comúnmente conocido como el régimen de la propiedad por pisos o locales.
Propietario
Persona que tiene el derecho de propiedad sobre una cosa.
Protección de datos
Existe una legislación en materia de protección de datos, la Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (LOPD) que impone la obligación para Empresas y particulares de, mediante las condiciones y técnicas detalladas en dicha ley, de proteger la privacidad de los datos personales relativos a personas físicas que sean objeto de tratamiento por parte de dichas Empresas o particulares.
De la vigilancia del cumplimiento de dicha ley se encarga la Agencia de Protección de Datos.
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