Reconocimiento de deuda
Acto por el que un deudor reconoce o admite la existencia de su deuda.
Redondeo
Es una práctica de simplificación de los decimales del tipo de interés aplicable. Generalmente se efectúan a cuartos (a 0,25%) u octavos de punto (a 0,125%). Un ejemplo: si el MIBOR a un año es 3,513% y el diferencial aplicable es 1 %, el tipo de interés resultante sería de un 4,513%.
Si el redondeo es al alza y a octavos, el nuevo tipo sería 4,625. Si el redondeo es al alza y a cuartos, el nuevo tipo se sería del 4,75%.
Reembolso
Reintegro de lo satisfecho.
Referencias
Es el índice sobre el que se va a revisar el interés del préstamo, cuando llegue el momento de revisar acordado con la entidad. La referencia no puede ser modificada ni por el prestatario ni por la entidad bancaria.
De hecho, es el Banco de España quien publica oficialmente el precio del dinero en el mercado. Las referencias más conocidas y utilizadas son el IRPH y el EURIBOR, que sustituye al MIBOR, y su alcance es a nivel de la Unión Europea.
Registro de la propiedad
Institución administrativa que tiene por objeto dar publicidad oficial a las situaciones jurídicas relativas a los bienes inmuebles.
Renovación
Hace referencia a la voluntad de modificar o sustituir compromisos preexistentes.
Renta base
Renta propiamente dicha; es decir, sin las cantidades a ella asimiladas (servicios, suministros, reparaciones, participación en el precio del subarriendo...)
Resarcir
Indemnizar, reparar, compensar un daño, perjuicio o agravio.
Rescindir
En materia de contratos se trata del remedio jurídico para la reparación de un perjuicio o lesión económica que el contrato origina a determinadas personas, consistente en hacer cesar su eficacia, por lo que es un supuesto de ineficacia sobrevenida.
El contrato es válido, pero en razón del perjuicio ocasionado, y siempre que no haya otro remedio para repararlo, se concede a las personas perjudicadas dicha acción rescisoria y en los casos establecidos por la ley. La acción para pedir la rescisión dura cuatro años.
Resguardo
Documento en el que consta que se ha efectuado un pago o una entrega de dinero.
Responsabilidad civil
Podemos distinguir una doble vertiente: responsabilidad civil contractual y/o extracontractual. En cualquier caso, nos estamos refiriendo a la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados, bien en la esfera contractual o extracontractual. Caracterizada esta última figura principalmente por la ausencia de contrato entre las partes implicadas.
Responsabilidad limitada
En un contrato, por ejemplo, las partes pueden establecer un límite económico a la obligación de indemnizar los daños y perjuicios que puedan ocasionarse. De ahí que se hable de responsabilidad limitada, esto es, que la responsabilidad asumida tiene un límite económico. Por encima de dicho límite, la parte no vendrá obligada a satisfacer importe alguno.
Responsabilidad solidaria
Se produce cuando varias personas que han contraído una obligación, responden del importe total de la deuda.
Retracto
Es un derecho de adquisición preferente que posibilita a su titular sustituir a la persona que adquirió un bien determinado. El retracto puede ser legal y convencional, según derive de una Ley o de un contrato.
Retracto arrendaticio urbano
Es un derecho de adquisición preferente, establecido por ley, que posibilita al inquilino o al arrendatario de vivienda o local comercial, respectivamente, para sustituir a la persona que adquirió la vivienda o local comercial, en su caso.
Revalorización
Adaptar una renta a su valor actual.
|